Recupera el fondo de ahorro del Infonavit tras el fallecimiento de un familiar
Antes que nada, es importante saber qué es el fondo de ahorro Infonavit.
“Es un ahorro que se construye con las aportaciones que tu patrón realiza al Infonavit cada bimestre, el ahorro corresponde al 5% del sueldo más prestaciones”
El fondo de ahorro Infonavit está constituido por las aportaciones o depósitos que realiza el patrón cada cierto periodo de tiempo. El fondo de ahorro de 1972-1992 a diferencia de la subcuenta de vivienda 1992 y 1997, no genera rendimientos y puede ser solicitado en estos casos:
Si cuenta con 50 años o más con un mínimo de un 1 año sin relación laboral.
Si cuenta con una resolución de pensión expedida por el IMSS.
Si el patrón ha otorgado un plan privado de pensión.
Si cuenta con una resolución a favor de la Comisión de Inconformidades del Infonavit.
Si cuenta con un laudo judicial a su favor.
Estas son las ocasiones más comunes para realizar el trámite de devolución del ahorro. Sin embargo, existe otro trámite para aquellos beneficiarios que deseen solicitar el fondo de ahorro Infonavit tras fallecimiento de algún familiar.
¿Cómo hacer la solicitud del Fondo de ahorro Infonavit tras fallecimiento de un derechohabiente?
Anteriormente, realizar esta solicitud podía llevar años, entre 4 o 5 años para ser más realistas, se debía llevar a cabo una demanda laboral conocida como “Designación de Beneficiarios” y era la única manera de poder acceder a los ahorros o la subcuenta Infonavit del derechohabiente fallecido.
El nuevo proceso empleado por el Infonavit a optimizado los tiempos para realizar la solicitud del fondo de ahorro y obtener respuestas más rápido.
Solicitud de ahorro 1972 – 1992
- Si es usted un beneficiario único o múltiple de un derechohabiente fallecido, deberá ingresar a la cuenta Infonavit y solicitar la devolución de fondo de ahorro siguiendo las indicaciones.
Será necesario contar con un laudo o una resolución judicial que certifique el pago de estos ahorros.
Solicitud de ahorro 1992 – 1997
- Si es usted un beneficiario reconocido ante el IMSS, no requiere de la designación de beneficiario que emite la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
- Deberá ingresar a la cuenta Infonavit y solicitar el ahorro de devolución de saldo de subcuenta de vivienda, siguiendo las indicaciones.
Pasos:
- Dirigirse a el sitio web www.infonavit.org.mx
- Dirigirse a la sección “Retiro de mi ahorro”.
- Seleccionar la opción “Solicitar Fondo de Ahorro”.
- Seleccionar la opción “Beneficiario”.
Se debe llenar el formulario correspondiente y acreditar que es usted un beneficiario. Si está de acuerdo con el monto que será devuelto, deberá agendar una cita en el CESI y presentar la documentación solicitada en original.
Notas:
- En caso de que el derechohabiente haya cotizado el ahorro entre el periodo de 1972 y 1992 y no fue retirado, el beneficiario podrá solicitar estos fondos en un plazo de hasta 5 años después del fallecimiento.
- Si el derechohabiente fallecido contaba con un crédito de vivienda, el beneficiario podrá solicitar la cancelación y liberación del crédito y la hipoteca.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
- Beneficiarios designados.
- Viuda o viudo.
- Concubina o concubino.
- Hijos con dependencia económica del trabajador fallecido.
- Ascendientes que dependían o no económicamente del trabajador fallecido.
- Designados por una autoridad judicial.
¿Cuál es la documentación requerida?
Documentos necesarios para aquellos que cuentan con la resolución de la Comisión de Inconformidades:
- Resolución.
- Documento de identidad.
Documentos en caso de NO contar con una resolución de la Comisión de Inconformidades (aplica para cualquier trámite):
- Solicitud de devolución del ahorro.
- Identificación oficial del beneficiario.
- Acta de defunción del trabajador.
Otros documentos según el tipo de beneficiario
- Beneficiarios designados:
– Carta de designación de beneficiario. - Viuda o viudo.
– Acta de matrimonio.
– Acta de nacimiento del beneficiario.
– Resolución de pensión por viudez. - Concubina o concubino.
– Carta de reconocimiento de la relación, la cual debe demostrar el concubinato durante los 5 años anteriores a la muerte del trabajador titular del ahorro. La carta debe estar firmada por dos testigos.
– Identificaciones oficiales de los dos testigos.
– Resolución por pensión de viudez. - Hijos con dependencia económica del trabajador fallecido.
– Carta de designación de beneficiarios.
– Acta de nacimiento del beneficiario.
– Comprobante que confirme que los padres están asegurados ante el IMSS, ISSSTE o un privado.
– Resolución de pensión por orfandad. - Ascendientes que dependían o no económicamente del trabajador fallecido.
– Acta de nacimiento del trabajador.
– Acta de nacimiento del beneficiario.
– Resolución de pensión del ascendiente.
El fallecimiento de un familiar puede acarrear una serie de trámites largos y complejos, sin embargo, la solicitud del fondo de ahorro Infonavit tras fallecimiento se ha vuelto un trámite poco complicado y práctico para aquellos que lo requieren.